SCJN avala derecho de la objeción de conciencia

Por Rubén López

-Con la objeción de conciencia el personal de salud podrá negarse a ejercer la interrupción legal del aborto, excepto cuando se trate de urgencias médicasCDMX, México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este lunes el derecho de la objeción de conciencia y los ministros declararon que no es una restricción al derecho de la salud.Por mayoría de ocho votos, la SCJN reconoció como constitucional el ya mencionado derecho, pero aclaró que solo es de forma individual y con la obligación de que el Estado garantice la protección de la salud de los pacientes, incluso por aborto. El “derecho de la objeción de conciencia” establece que el personal de salud tiene la opción de negarse a practicar procedimientos con base en su libertad religiosa e ideológica, entre ellos la interrupción legal del embarazo, excepto cuando sea una urgencia médica o este en riesgo la vida de la persona.“La objeción de conciencia no constituye un derecho absoluto ni limitado que pueda ser invocado en cualquier caso y bajo cualquier modalidad. No se trata de un derecho general a desobedecer las leyes” mencionó el magistrado Luis María Aguilar, autor del proyecto.El presidente de la corte, Arturo Zaldívar señaló que la objeción de conciencia limita el ejercicio pleno del derecho a la salud y que dejarla en la ley obstaculizaría el aborto.

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